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Convocatoria publicada en el BOE
Igualdad repartirá 10,5 millones en subvenciones al Tercer Sector

La Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha convocado subvenciones a entidades del Tercer Sector de ámbito estatal por valor de 10,5 millones de euros, según publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En concreto, las subvenciones se distribuirán para actuaciones de acción social, programas de infancia y familia, o programas de personas con discapacidad, según detalla el BOE.
Los beneficiarios deberán estar legalmente constituidos como entidades u organizaciones de ámbito estatal y, cuando proceda, debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo.
RelacionadasLa asociación Consuelo Berges y una profesora de Derecho reciben el III Premio a la Igualdad de la UCEndesa y la conciliación: la importancia de generar un salario emocional en el empleadode ámbito estatal en función del tipo de entidad de que se trate.
Asimismo, deberán carecer de fines de lucro o invertir la totalidad de sus beneficios en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales y desarrollar actividades de interés general, entre otros requisitos.
Las ayudas previstas en esta resolución se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de las estructuras centrales de las entidades beneficiarias, siempre que se trate de gastos que de manera indubitada respondan a dichos fines y resulten estrictamente necesarios, que se hayan incluido en la solicitud presentada, y cuya realización se haya producido durante el año 2015 y se abonen efectivamente con anterioridad a la finalización del plazo de justificación establecido en la disposición novena de la presente convocatoria. En ningún caso el coste de estos gastos podrá ser superior al valor de mercado.
En concreto, las subvenciones se distribuirán para actuaciones de acción social, programas de infancia y familia, o programas de personas con discapacidad, según detalla el BOE.
Los beneficiarios deberán estar legalmente constituidos como entidades u organizaciones de ámbito estatal y, cuando proceda, debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo.
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